LA UIS
Sección de Presupuesto
Unidad Administrativa
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Modificaciones al
Presupuesto
¿Cómo puede modificarse el presupuesto?
El presupuesto puede modificarse a través de adiciones, reducciones, y traslados (Estatuto Presupuestal, Art. 40, Acuerdos del Consejo Superior No. 046, 061 y 050).
ADICIÓN PRESUPUESTAL
¿Qué es la adición presupuestal?
Es el incremento a la apropiación inicial con el fin de complementarla, para ampliar el servicio, cumplir con la meta física o cubrir un nuevo gasto o servicio, con base en recursos adicionales debidamente sustentados. (Estatuto Presupuestal, Art. 41).
¿Quién autoriza las adiciones presupuestales?
Según el Acuerdo del Consejo Superior No. 050 de 2014, el Rector está facultado para autorizar mediante resolución, las adiciones al presupuesto respecto de los Fondos Común (1), Ajenos (3), Patrimonial (5), Especial (6) y Estampilla ProUIS (8), en los casos en los que se requieran decisiones de funcionalidad para el cumplimiento de los compromisos de la Universidad.
Con relación al Fondo Común (1) y el Fondo Estampilla ProUIS (8), se limita hasta por la suma de mil quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (1.500 smlmv). La delegación con relación al Fondo Estampilla ProUIS (8) se refiere exclusivamente a todas aquellas partidas asignadas al rubro “Inversión en Fomento y Desarrollo de Programas de Investigación”.
¿Cuándo se presentan los casos de adición presupuestal?
Cuando la Nación, el Departamento, el Municipio y/o las Entidades Públicas o Privadas asignan recursos adicionales a los inicialmente aprobados.
Cuando se supera el monto estimado de los ingresos que se han presupuestado inicialmente o se obtienen nuevas rentas debidamente soportadas.
Cuando se aprueban empréstitos.
¿Qué requisitos se deben cumplir para realizar una adición presupuestal?
Las adiciones requieren certificado de disponibilidad de los recursos expedido por el Jefe de Presupuesto donde se indique la fuente de financiación, el cual deberá estar soportado en el instrumento que de lugar al ingreso, debidamente perfeccionado. (Estatuto Presupuestal, Art. 45).
REDUCCIÓN PRESUPUESTAL
¿Qué es la reducción presupuestal?
Es la disminución de la apropiación inicial, aprobada por el Consejo Superior (Estatuto Presupuestal, Art. 42), que puede originarse por:
- No prestación de un servicio o no ejecución de un gasto.
- Insuficiencia en el recaudo de los ingresos.
- Aplicación de políticas de austeridad en el gasto.
- Disminución de los aportes asignados.
¿Quién autoriza las reducciones presupuestales?
Según el Acuerdo del Consejo Superior No. 050 de 2014, el Rector está facultado para autorizar mediante resolución, las adiciones al presupuesto respecto de los Fondos Común (1), Ajenos (3), Patrimonial (5), Especial (6) y Estampilla ProUIS (8), en los casos en los que se requieran decisiones de funcionalidad para el cumplimiento de los compromisos de la Universidad.
Con relación al Fondo Común (1) y el Fondo Estampilla ProUIS (8), se limita hasta por la suma de mil quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (1.500 smlmv). La delegación con relación al Fondo Estampilla ProUIS (8) se refiere exclusivamente a todas aquellas partidas asignadas al rubro “Inversión en Fomento y Desarrollo de Programas de Investigación”.
¿Qué requisitos se deben cumplir para realizar una reducción presupuestal?
Las reducciones requieren certificado expedido por el Jefe de Presupuesto en el cual se haga constar que los recursos a disminuir no han sido comprometidos. (Estatuto Presupuestal UIS, Art. 45).
TRASLADO PRESUPUESTAL
¿Qué es el traslado presupuestal?
Es la operación simultánea de reducir un rubro presupuestal (contracrédito) y la adición de otro (crédito) ya previsto.
¿Qué requisitos se deben cumplir para realizar un traslado presupuestal?
Los traslados requerirán de certificado donde haga constar que las apropiaciones que se pretende contracreditar y que servirán de base para abrir un crédito, se encuentran libres de afectación presupuestal. (Estatuto Presupuestal, Art. 45).
¿Cómo solicitar un traslado presupuestal?
El Jefe o Director de la Unidad Académica y/o Administrativa (UAA) o proyecto debe solicitar por escrito a la Sección de Presupuesto, con la debida justificación, el traslado presupuestal, previa verificación de disponibilidad presupuestal en el rubro que se quiere afectar. La solicitud debe ser firmada por el Jefe de la UAA o proyecto.
¿Quién autoriza los traslados presupuestales?
El Rector está facultado para autorizar los traslados presupuestales respecto de los Fondos Ajeno (3), Patrimonial (5), Rentas Especiales (6) y Común (1), que impliquen modificación del valor total del presupuesto en los casos en los que se requieran decisiones de funcionalidad para el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la universidad. (Acuerdo del Consejo Superior No. 046 de 2013).
Con relación al Fondo Común (1), el Rector está facultado para autorizar, mediante resolución motivada, traslados presupuestales hasta por 1.500 smlmv, con el fin de proporcionar agilidad en los traslados presupuestales. (Acuerdo del Consejo Superior No. 061 de 2013).
Toda adición, reducción y traslado presupuestal que afecte el presupuesto del Fondo Común (1) y Estampilla ProUIS (8), se limita hasta por la suma de mil quinientos salarios mínimos mensuales vigentes (1.500 smlmv), lo anterior, se refiere exclusivamente a todas aquellas partidas asignadas al rubro “Inversión en Fomento y Desarrollo de Programas de Investigación”, para programas específicos que tiendan a elevar el nivel científico de la Universidad. (Acuerdo del Consejo Superior No. 050 de 2014).
SITUACIÓN PRESUPUESTAL | FONDO | APROBACIÓN | NORMATIVIDAD |
Adición, reducción y traslado presupuestal hasta por 1.500 smlmv, en los casos en los que se requieran decisiones de funcionalidad para el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la universidad. | COMÚN (1) | Rectoría | Acuerdo Consejo superior No. 046 y 061 de 2013, y Acuerdo Consejo Superior No. 050 de 2014. |
AJENO (3) | |||
PATRIMONIAL (5) | |||
ESPECIAL (6) | |||
ESTAMPILLA PROUIS | |||
PATRIMONIAL (5) | |||
Todos los traslados presupuestales excepto el rubro “Inversión en Fomento y Desarrollo de Programas de Investigación”. | ESTAMPILLA PROUIS | Consejo Superior | Acuerdo Consejo Superior No. 050 de 2014 |
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