LA UIS
Solicitudes ante el Consejo Académico
Secretaría General
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Solicitudes ante el
Consejo Académico
El Consejo Académico como máxima autoridad académica de la Universidad, podrá estudiar las solicitudes de estudiantes y particulares que excedan las competencias de los diferentes órganos colegiados y Unidades Académico-Administrativas, de conformidad con los niveles de decisión establecidos.
¿Cómo tramitar solicitudes ante el
Consejo Académico?
Las solicitudes que requieran ser elevadas ante el Consejo Académico y que no se encuentren contempladas dentro del Sistema de Solicitudes Académico-Financieras, podrán ser enviadas al correo sgeneral@uis.edu.co en los siguientes términos:
Allegar comunicación mediante la cual se exprese de manera clara su petición, la cual puede ser remitida en un archivo PDF o redactada directamente en el cuerpo del correo, asegurándose que los archivos que adjunte se alleguen en el formato indicado anteriormente. En el siguiente enlace podrá encontrar instructivo para diligenciar su solicitud.
Asegúrese de que en su solicitud, se indique nombre completo, código estudiantil, programa académico, sede actual y la dirección de correo electrónico a la cual autoriza le sea notificada la decisión tomada por dicho Consejo.
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Tenga en cuenta que el Consejo Académico se reúne los días martes de cada semana, y que las solicitudes se agendan semanalmente para estudio de la Comisión de Asuntos de Estudiantes hasta los días lunes de la semana inmediatamente anterior a la sesión correspondiente.
Las notificaciones por correo electrónico se surten dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la publicación del acta respectiva, tal como se manifiesta en la parte final de la misma, de conformidad con los términos establecidos para el proceso de solicitudes que se tramitan ante el Consejo Académico.
Niveles de decisión de algunos trámites académicos
Estudiantes de pregrado y distancia
Inclusión ordinaria de asignaturas dentro del periodo de verificación y ajuste de matrícula. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 1. |
Inclusión extemporánea de asignaturas que pertenezcan a la Escuela (hasta dos (2) días después de finalizado el periodo de ajuste de matrícula). | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 1 |
Realización de supletorio correspondiente a la última evaluación programada en el semestre académico, sin exceder las fechas establecidas para las habilitaciones y validación por suficiencia. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 1 |
Examen de validación por suficiencia. | Acuerdo del CS 075 de 2010, Artículo 14 Parágrafo 3 |
Solicitud de traslado a otro programa de pregrado. | Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado Artículos 57 y 58 |
Contra las decisiones de inclusión extemporánea de asignaturas y solicitud de realización de supletorio, procederá el recurso de reposición y subsidiario de apelación ante el Director de Escuela y el Decano de Facultad en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles después de notificada la decisión. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 1, Parágrafos 4 y 5 |
Homologación de asignaturas cursadas en intercambio académico. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Readmisión ordinaria de estudiantes de pregrado dentro de las fechas establecidas en el calendario académico. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Homologación de asignaturas por transferencia, traslado, simultaneidad de carreras o por reformas académicas. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Corrección de notas definitivas de asignaturas cursadas en el semestre inmediatamente anterior. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Adelanto de notas para estudiantes que, cumpliendo con todos los requisitos, estén próximos a una ceremonia de graduación o intercambio académico. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Legalización extemporánea de matrícula, para inclusión de las asignaturas Proyecto de Grado I o Proyecto de Grado II. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Cancelación extemporánea de matrícula. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Concepto sobre apertura de cursos dirigidos.* | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Concepto sobre readmisión extemporánea de estudiantes de pregrado.* | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2 |
Examen de validación por suficiencia en fecha extraordinaria, para efectos de grado. | Acuerdo del CS 075 de 2010, Artículo 14 Parágrafo 4 |
Solicitud de simultaneidad en dos carreras. * | Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado Artículos 27 y 28 |
Toda solicitud negada por el Consejo de Escuela, tendrá derecho al recurso de reposición y subsidiario de apelación ante el Consejo de Escuela y el Consejo de Facultad, el cual debe ser presentado en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles después de notificada la decisión. | Acuerdo del CS No. 007 de 2015, Artículo 2, Parágrafo 2 y Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 74. |
* Emisión de concepto para ser enviado al Consejo de Facultad, quien decide de forma definitiva sobre la solicitud.
Solicitud voluntaria de cancelación definitiva de matrícula. (Retiro definitivo del programa académico). | Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado Artículo 3, literal f |
Toda solicitud negada por el Consejo de Facultad, tendrá derecho al recurso de reposición y subsidiario de apelación ante el Consejo de Facultad y el Consejo Académico, el cual debe ser presentado en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles después de notificada la decisión. |
Traslado a la sede principal de estudiantes a los cuales en la sede no se les ofrezca asignaturas de cuarto nivel. | Acuerdo del CS No. 069 de 2005, Artículo 1, Parágrafo |
Solicitud de readmisión ante cancelación temporal de matrícula motivada en una sanción disciplinaria. | Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado Artículo 17, Parágrafo |
Recurso de apelación de solicitud de readmisión extemporánea negada por el consejo de facultad. | Reglamento Académico Estudiantil de Pregrado Artículo 20 |
Recurso de reposición ante decisiones del mismo Consejo Académico. | Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Artículo 74 |
Ampliación del periodo de permanencia. | Acuerdo del CS No. 063 y 079 de 2011 |
Niveles de decisión de algunos trámites académicos
Estudiantes de posgrado
Evaluación supletoria. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 166. |
Cancelación e Inclusión de Asignaturas. | |
Validación por suficiencia. | |
Trámite de Transferencia. | |
Trámite de transferencia de un programa de doctorado a un programa de maestría afín. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 127, Parágrafo y Artículo 149. |
Movilidad estudiantil y doble titulación. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 40, Literal i, y Artículo 176 |
Cambio director o codirector del trabajo de grado. | |
Recurso de apelación contra las decisiones sobre la evaluación supletoria. |
Readmisión de Estudiantes. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 145. |
Cancelación de Matrícula. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 158. |
Estudio de equivalencias y homologaciones. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 161, Parágrafo 2. |
Recurso de reposición y en subsidio de apelación por solicitud de readmisión negada. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 147. |
Cancelación de matrícula de primer periodo académico. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 158, Parágrafo 3 |
Cancelación definitiva de matrícula del programa. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 159. |
Ampliación del periodo de permanencia. | Acuerdo del CS No. 015 de 2017, Artículo 2. |
Suspensión de los términos de permanencia. | Acuerdo del CS No. 015 de 2017, Artículo 1. |
Recurso de Reposición y Apelación Asuntos de Permanencia. | Acuerdo del CS No. 015 de 2017, Artículo 3. |
Solicitudes excepcionales ante el Consejo Académico. | Acuerdo del CS No. 075 de 2013, Artículo 220. |
¿Desea más información?
Contáctenos
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Teléfono: +57 (607) 634 4000
Extensión: 2103 – 2102 – 2661
Correo: sgeneral@uis.edu.co
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